sábado, 1 de octubre de 2016

Comentario de Libro Francesc Pérez Amorós; Eduardo Rojo (dir.); Ysàs Molinero, Helena (coord.). “Balance de la reforma laboral de 2012”. Albacete: Bomarzo, 2016. 382 páginas





Este es un trabajo colectivo excelentemente dirigido por los catedráticos Francesc Pérez Amorós y Eduardo Rojo Torrecilla y Coordinado por la profesora Helena Ysàs Molinero, todos ellos de la Universidad Autónoma de Barcelona. En esta obra han participado 16 profesores y profesoras de diferentes universidades catalanas, y aunque fundamentalmente son expertos del derecho del trabajo y de la Seguridad Social, también hay aportaciones de profesores relacionados con la sociología y la economía. Todos ellos colaboran en distintos grupos de investigación relacionados con el mundo del trabajo y el derecho, y decimos esto porque, si bien de la lectura de los primeros capítulos, y conociendo a sus autores, se desprende un análisis crítico de la reforma laboral de 2012, no por ello dicho análisis está exento de rigor académico.

No haremos un comentario de cada uno de los apartados del libro, pero sí nos parece interesante resaltar la idoneidad  y el momento del trabajo, pues llevamos más de un año (y debido a la situación política del país acompañada de diferentes resoluciones de organismos internacionales) que desde diferentes foros se viene reclamando la necesidad de realizar aquellos cambios legislativos que vuelvan a resituar el derecho del Trabajo  en un proceso que algunos han venido a llamar  de “Reconstitucionalización”. Es decir, de volver el derecho del trabajo a la senda de la que no debería haberse apartado puesto que ni la crisis económica y política justifica la ruptura de los equilibrios existentes hasta la fecha, entre los derechos de libre economía de mercado con los constitucionales derechos sociales.

Como decíamos, los primeros apartados recogen la voluntad y finalidad del presente trabajo, muy bien expresada por sus directores (Francesc Pérez y Eduardo Rojo) cuando nos recuerdan cuál fue la voluntad del legislador a partir del análisis del preámbulo del Real Decreto 3/2012 y de la propia ley 3/2012. Los autores no se detienen solamente en la técnica legislativa, sino que analizan lo que  pretenden ambas normas: estas son un cambio que transforma una Ley de la importancia del Estatuto de los Trabajadores (los autores nos recuerdan que el mismo nace por mandato Constitucional (art. 35.2 CE))  con la justificación de la grave crisis económica y de desempleo, reforzando la “libertad de empresa” y la “libre economía de mercado” (art. 38 CE). Al mismo tiempo, el Derecho al Trabajo (Art. 35 CE) se silencia, es decir, queda (des)constitucionalizado, ya que no se trata solamente de un cambió que permite mayor flexibilidad del mercado del trabajo, sino un verdadero reordenamiento del sistema de fuentes  del ordenamiento laboral, modificándose la  negociación colectiva y el conjunto del modelo de relaciones laborales al verse aquella depreciada y potenciándose la fragmentación.

Ello ha supuesto un incremento del poder de dirección y organización empresarial al dar prioridad aplicativa a los convenios de empresa en detrimento de los sectoriales. También los autores comentan las sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional en cuanto al respaldo dado por dicho órgano a la reforma Laboral de 2012, donde el elemento justificador de sus decisiones ha sido  la “crisis económica”. Como contrapunto, nos recuerdan los autores el manifiesto suscrito por 55 catedráticos del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, así como las ponencias de alguno de los miembros del Tribunal Constitucional que emitieron votos particulares.

En definitiva, estamos ante un excelente trabajo y recomendamos su lectura, para poder hacer propuestas de futuro, que vayan más allá que el eslogan de “derogación de la reforma laboral” y que se encaminen, a lo que los autores denominan la necesaria “reconstitucionalización”, que devuelva los equilibrios que hacía poco había sustentado el Derecho del Trabajo.

Juan Manuel Tapia
Jesús Martínez


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